Usamos software a diario. Damos por supuesto que está ahí, es como el aire: no tienes que pensar en él, basta con respirarlo. Todo lo que aparece en la pantalla de nuestro ordenador o de nuestro smartphone es software, absolutamente todo. Damos por hecho el software, hasta el punto de que pensamos que es un asunto trivial, sencillo y de baja complejidad. Y no podríamos estar más equivocados. El desarrollo de programas es una disciplina complicada de dominar (y esto lo sé por experiencia), al igual que también es muy complejo elegir cómo vamos a publicarlo y, quizá más crucial todavía, bajo qué licencia se va a lanzar al público.

En este artículo queremos explicar las licencias de software, no sólo dando su definición, sino explicando en qué consisten y qué diferencias tienen entre sí. Con respecto a cuál puede ser la mejor para un proyecto de programa, en ese tema no vamos a entrar. Eso depende del desarrollador y de sus objetivos y no podemos enmarcarlo dentro de este texto.

¿Qué es una licencia de software?

Pensemos primero en qué es una licencia. Vendría a ser una autorización para realizar una actividad determinada, como por ejemplo podría ser una licencia de pesca. Las licencias de software no se diferencian tanto de estas, ya que en esencia son una autorización de los desarrolladores para usar sus obras.

Quienes han escrito el programa son sus propietarios intelectuales (en otras palabras, ellos lo han creado ergo su autoría les corresponde), mientras que el usuario, a través de la licencia, obtiene el derecho al uso del software escrito por los programadores.

Programas en el dock de un MacProgramas en el dock de un Mac

Además de los derechos de uso del programa, la licencia también establece un contrato de uso entre los autores y los usuarios. En dicho contrato se establecen una serie de términos y condiciones, que se dan por aceptadas desde el mismo momento en el que el usuario instala el programa en su equipo.

Entre otras cosas se pueden establecer:

  • Cesión de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias copias del programa informático.
  • Límites en la responsabilidad por fallos, el plazo de cesión de los derechos.
  • Ámbito geográfico de validez del contrato.
  • Compromisos del usuario final hacia el propietario, tales como la no cesión del programa a terceros o la no reinstalación del programa en equipos distintos al que se instaló originalmente.

Tipos de licencia de software

Entramos en un terreno peliagudo. No la clasificación de las licencias en sí, sino en la jerga legal que se emplea en cada una de ellas. La terminología puede llevar a la confusión muy fácilmente, así que vamos a intentar ser lo más breves y concisos posibles para evitar males mayores.

Dicho esto, en general se consideran dos grandes grupos: licencias según los derechos que cada autor se reserva sobre su obra y licencias según su destinatario. A su vez, estos dos grandes grupos se subdividen en otros más pequeños, que vamos a intentar definir en las próximas líneas.

A continuación adjuntamos una tabla informativa sobre licencias, esquematizando sus campos de aplicación y dando algunos ejemplos de software amparados bajo sus marcos:

Derechos garantizados Dominio público FOSS permisivo FOSS copyleft Freeware / Shareware / Freemium Licencia propietaria Secreto comercial
Copyright retenido No

Derecho de ejecución

No
Derecho de muestra

No
Derecho de copia

En ocasiones No No
Derecho de modificación

No No No
Derecho de distribución Sí, bajo la misma licencia

En ocasiones No No
Derecho a sublicenciar No No No No
Software de ejemplo SQLite Apache Web Server Kernel Linux, GIMP Winamp Windows World of Warcraft

Licencias según los derechos de autor del software

Logotipo de la Open Source InitiativeLogotipo de la Open Source Initiative / Open Source Initiative official SVG - Simon Phipps, former president of OSI, CC BY 2.5, Enlace

En este grupo se incluyen todas las licencias open source y de Software Libre. A pesar de su nombre, que un software esté licenciado como “libre” no quiere decir que sea gratuito. Y, de nuevo a pesar de su nombre, tampoco significa que este tipo de programas no estén sujetos a ningún tipo de regulación legal.

Aquí convendría aclarar que no es lo mismo Software Libre que open source. Es cierto que en la práctica todo el Software Libre puede considerarse de código abierto, pero no puede darse la misma situación a la inversa. Esto se debe a que, en general, el open source es más restrictivo que los preceptos de la Free Software Foundation.

No hay que olvidar que el principio sobre el que se sustentan este tipo de licencias es siempre el bien de la comunidad, de forma que esta siempre pueda comunicarse con los desarrolladores y contribuir al ciclo vital del programa.

En este marco se encuentran las licencias permisivas y de tipo copyleft. Las licencias permisivas son aquellas que permiten a un programador crear una obra derivada a partir de una original y que dotan de total libertad para licenciarlas igual que la obra original, o incluso de forma no libre. Algunos ejemplos de esta clase:

  • Academic Free License
  • BSD
  • MIT
  • Apache
Imagen del MIT, creador de la licencia del mismo nombreImagen del MIT, creador de la licencia del mismo nombre / De Fcb981, this edited version by Thermos - Photo by Fcb981, COM:FPC, CC BY-SA 3.0, Enlace

Las de tipo copyleft son las también conocidas como licencias robustas, que a su vez se subdividen en licencias robustas fuertes y licencias robustas débiles. Las del primer tipo contienen una cláusula que obliga a que cualquier software creado o modificado a partir de uno original se licencie en sus mismos términos. Algunos ejemplos conocidos son los que siguen:

  • GNU GPL 3.0
  • Eclipse Public License
  • OpenSSL License

Por su parte, las licencias robustas débiles implican que las modificaciones realizadas a cualquier software original se liberen con su misma licencia, pero en cambio no obliga a los programas derivados a ser liberados bajo los mismos términos. Ejemplos de licencias robustas débiles serían:

  • GNU Lesser General Public License 2.1
  • Mozilla Public License
  • Open Source License
  • Apple Source License

Aquí se enmarca también la licencia de software de dominio público, que permite la copia, modificación y distribución de un programa siempre y cuando se haga sin ánimo de lucro.

Licencias según el destinatario del software

En este contexto lo más habitual es encontrarnos con licencias de código cerrado o de software privativo. En ellas los propietarios del programa establecen los derechos de uso, distribución, redistribución, copia, modificación, cesión y en general cualquier otra consideración que se estime necesaria.

Por norma general este tipo de licencias no permiten que se pueda modificar el código original, así como tampoco permiten su copia o su distribución e incluso los fines concretos para los que puede ser utilizado. Cada copia del software está limitada a uno o a un grupo reducido de usuarios.

En este tipo de licencias encontramos las EULA (End User License Agreement), en las que el propietario del software informa al usuario final de las restricciones de uso, derechos de autor, patentes y todo lo que considere relevante antes de que pueda instalar el programa. Esa otra información relevante puede contener cláusulas como renuncias a presentar distintas reclamaciones o presentar acciones legales contra la empresa por mal funcionamiento.

En este tipo de acuerdos también se intenta dejar claro qué usos se pueden dar al programa y cuáles no. Esto se debe a que, en una licencia EULA, se intenta clarificar también que el desarrollador es el dueño del programa y su autor intelectual, mientras que el usuario sólo tiene derecho para ejecutar (nada más) una copia licenciada por el fabricante del software. Se trata de un acuerdo unilateral, ya que el usuario no tiene más opción que aceptar las condiciones del autor para utilizar el producto.

En este mismo marco se encuentran las licencias dirigidas a distribuidores. Suelen concederse a las tiendas, de forma que puedan vender el software a cambio de una comisión, que iría a parar a manos de los autores originales. No es una licencia de uso en términos jurídicos, sino más bien un acuerdo comercial en el que no se tiene por qué ceder el derecho de distribución.

Es decir, puede que el establecimiento que lo vende no tenga ningún tipo de relación con el programa: sólo lo oferta. Es el fabricante quien establece, en la licencia de uso, los términos que describimos al hablar de las EULAs.

Por último, en este mismo grupo podemos enmarcar las licencias conocidas como shareware, freeware y freemium. La primera de ellas puede subdividirse en otras debido a sus condiciones, que generalmente varían entre programas si bien todas tienen algo en común: permiten al usuario utilizar un programa determinado durante un período de tiempo limitado (o permanentemente con funciones limitadas). Aquí entrarían los antiguos títulos de ID Software como Commander Keen, que se distribuían siguiendo este modelo.

Las licencias de tipo freeware suelen referirse a programas gratuitos, pero que no suelen ser Software Libre. Este tipo de licencias hace referencia al libre derecho al uso y copia de un software bajo los términos que defina el autor de dicho programa y, a su vez, no permiten bajo ninguna condición su modificación o venta por parte de terceros. Un ejemplo claro de freeware serían CCleaner o Winamp.

El modelo freemium, sin embargo, hace referencia a un modelo de negocio más que a una licencia de software. En los programas que utilizan este modelo se ofrecen de forma gratuita los servicios básicos, pero es necesario abonar una cantidad de dinero si se desea acceder a los más avanzados. Es una práctica muy común en videojuegos, como Team Fortress 2 o World of Tanks.

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